Protección de los ecosistemas marinos profundos de la explotación minera
 La
 minería en los fondos marinos ya no es una actividad irrealizable, como
 se pensó hace cincuenta años. Tras el desarrollo de nuevos equipos y 
métodos para estudiar los océanos y para llegar a kilómetros de 
profundidad, se acerca el momento en que se puedan extraer a nivel 
comercial los recursos minerales del lecho marino.
La
 minería en los fondos marinos ya no es una actividad irrealizable, como
 se pensó hace cincuenta años. Tras el desarrollo de nuevos equipos y 
métodos para estudiar los océanos y para llegar a kilómetros de 
profundidad, se acerca el momento en que se puedan extraer a nivel 
comercial los recursos minerales del lecho marino.
Ante ello, es fundamental proteger dichos
 fondos, porque aún se desconoce mucho sobre qué especies viven en estos
 ambientes, cómo evolucionaron y cómo se distribuyen en el planeta, 
afirmó Elva Escobar Briones, directora del Instituto de Ciencias del Mar
 y Limnología de la UNAM (ICMyL).
La especialista subrayó que no obstante 
las expediciones realizadas a estos hábitats desde hace poco más de un 
siglo, las zonas que se han muestreado equivalen apenas a la superficie 
de unos cuantos campos de fútbol.
Esta es la razón por la cual instancias 
internacionales elaboran los mecanismos para proteger los ecosistemas 
marinos profundos de los posibles impactos por la actividad humana, 
regulaciones que hasta hace una década eran inexistentes.
Uno de estos, propuesto por especialistas
 en el estudio del mar profundo de la Autoridad Internacional de los 
Fondos Marinos (órgano creado por la Organización de las Naciones 
Unidas, encargado de administrar los recursos mineros en áreas 
internacionales), consiste en el establecimiento de “zonas de especial 
interés ambiental”, localizadas en uno de los depósitos de metales en 
aguas internacionales del Océano Pacífico central, y uno de los más 
atractivos económicamente a nivel mundial.
Desde el año 2000 hasta la fecha, la 
Autoridad ha otorgado a consorcios mineros provenientes de países como 
India, Francia, Japón, Rusia, China, Corea y Alemania, ocho permisos de 
exploración en las mencionadas zonas, con duración de quince años, para 
que se extraigan un tipo de estructuras ricas en varios metales, 
llamadas nódulos de manganeso.
De acuerdo con Escobar Briones, quien 
participó en el diseño de las zonas, en este momento los contratistas 
realizan actividades de prospección, la primera fase que conduce a la 
explotación, y en la cual se hacen colectas a pequeña escala, así como 
pruebas de laboratorio, para determinar los procesos de extracción de 
los metales.
Al término de quince años se evaluará si 
continúa la exploración, dijo la investigadora, y no se descarta que al 
final de la evaluación se apruebe la explotación comercial de los 
recursos del fondo oceánico.
Como las llamadas Áreas Naturales 
Protegidas (ANP), instrumentos de política ambiental utilizados dentro 
de los países para proteger áreas de gran valor ecológico, las zonas de 
protección del Pacífico tendrían también una zona núcleo, donde no se 
permitiría la minería, y una zona de amortiguamiento, ubicada en un 
lugar contiguo, y que serviría para limitar los impactos de las 
actividades en las áreas vecinas.
Elva Escobar señaló que la creación de 
áreas de protección del Pacífico es novedosa por varios motivos. En 
principio, no se encuentran bajo el gobierno de ningún país (como sí lo 
están las ANP), pues pertenecen al patrimonio común de la humanidad; 
además, están en zonas donde hay nódulos de manganeso, un tipo de 
estructuras ricas en metales, y finalmente, colindan con sitios donde se
 realizan actividades mineras a pequeña escala.
De acuerdo con la especialista en 
ecología y biodiversidad acuática, para el diseño de las zonas de 
protección se consideró también que fueran sitios únicos, importantes 
para algún ciclo de vida y cuyos ecosistemas fueran más vulnerables que 
otros.
El estudio “Man and the Last Great 
Wilderness: Human Impact on the Deep Sea”, publicado en el año 2011 en 
PlosONE, menciona por lo menos tres posibles impactos de la minería en 
los ecosistemas profundos.
El primero es la destrucción física del 
entorno: “Los nódulos de manganeso son el único sustrato en gran parte 
del suelo abisal, así que la minería retiraría un tipo de hábitat 
importante, causando la extinción local de la fauna de los nódulos”, 
mencionan los autores del artículo.
Un segundo impacto se debe a la “agitación” del suelo marino al 
momento de la extracción de metales, pues ésta levanta partículas del 
suelo oceánico que momentáneamente se mezclan con el agua. Tiempo 
después, las partículas caen al fondo para asentarse, pero al hacerlo, 
al re-depositarse, entierran a los organismos que allí habitan.
Se ha observado que las comunidades de 
seres vivos tardan años en recuperarse de este proceso de “agitación” 
del fondo marino, y que las zonas afectadas se colonizan por especies 
distintas a las originales, lo que transforma de manera contundente al 
ecosistema.
La tercera razón por la cual las 
actividades mineras impactarían al fondo marino es la contaminación de 
las aguas con desechos mineros.
La directora del ICMyL comentó que las 
zonas de especial interés ambiental servirán para la recolección de 
datos biológicos y ambientales y, a su vez, para conocer los hábitats 
“desde la línea base y cómo cambian conforme se afectan”, es decir, cómo
 son en un estado inicial no afectado por las actividades humanas y cómo
 se transforman una vez que son impactados por las últimas.
Agregó que si bien vamos tarde en el 
estudio del impacto de nuestras actividades en los hábitats del fondo 
marino, pues ya los hemos afectado, los resultados servirán para dar 
recomendaciones de qué se puede y qué no se puede hacer en los fondos 
oceánicos.
Las zonas de especial interés ambiental 
se insertan en un instrumento más general, el Plan de Ordenación de 
dicha zona, que todavía se está revisando por los especialistas de la 
Autoridad.
Los mecanismos de protección del medio 
marino no son los únicos en desarrollo; en la misma situación se 
encuentran los marcos jurídicos que regularán las actividades mineras, 
en particular, en aquellas zonas que no se encuentran bajo la 
jurisdicción o gobierno de algún país.
La doctora Escobar enfatizó que lo 
imperante es que se tomen las medidas y se elaboren los escenarios 
futuros de la minería utilizando el conocimiento biológico, geológico e 
hidrológico que tenemos, “aunque no sea el más completo”, y agregó: 
“nuestro principal reto es llevar todo esto a un punto equilibrado, en 
el que podamos aprovechar los recursos sin que destruyamos los 
hábitats”.
 
 
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